resolución DIAN 055 del 06 de Noviembre de 2018 informe País por País

Que el artículo 6 de la “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal” contempla el intercambio de información automática para efectos tributarios.
Que en virtud de dicha Convención fue desarrollado el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes sobre el Intercambio del Informe País por País (el MCAA CbC por sus siglas en inglés), suscrito por Colombia el día 21 de junio de 2017, que permitirá el intercambio automático de los Informes País por País con las demás jurisdicciones signatarias.
Que el artículo 260-5 del Estatuto Tributario, adapta el alcance de la documentación comprobatoria de precios de transferencia alineándola a los estándares internacionales establecidos en el resultado de la Acción 13 del proyecto BEPS OCDE/G20, en el cual Colombia tuvo participación activa como asociado de este proyecto y en el que se estableció un enfoque estandarizado en tres niveles de la documentación sobre precios de transferencia, de la cual forma parte el Informe País por País. tomado DIANPublicado: 02 de diciembre de 2018

