CONCEPTO DIAN 100208192-982 16 JUN 2026 IVA IMPTO AL CONSUMO EXPENDIO COMIDAS SALAS DE CINE
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El expendio de alimentos y bebidas realizado en las zonas de dulcería o confitería de un cine, cuando dichos productos están destinados al consumo del espectador dentro de la sala de proyección, configura el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas a que se refieren los artpiculos 426 y 512-1 del Estatuto Tributario y, por tanto, se encuentra sometido al INC y excluido del IVA?
la circunstancia de que el establecimiento de comercio tenga como actividad principal la exhibición cinematográfica, y no la restauración, impide calificar ese expendio como servicio gravado con INC o resulta aplicable el Artículo 512-8 del Estatuto Tributario por tratarse de un establecimiento que, adicionalmente tiene otras actividades comerciales, presta servicio de expendio de comidas?
- Frente a productos como crispetas de maíz preparadas, perros caliente, nachos, café, bebidas dispensadas, helados servidos o preparados al momento, Debe entenderse que existe servicio de expendio de comidas o bebidas preparadas gravados con INC?
- Frente a productos como gaseosas embotelladas o enlatadas, chocolatinas, confiteria empacada, mecato u otros bienes vendidos sin transformación o preparación adicional, debe darse tratamiento de venta de bienes gravada con IVA, salvo exclusión legal expresa, aun cuando se comercialicen en el mismo punto de venta del cine y para consumo dentro de la sala?
- Cuando se comercialicen combos que integren productos preparados y productos no preparados, el tratamiento tributario debe ser unitario, aplicando un solo impuesto a todo el combo, o diferenciado, discriminando en la factura los items sometidos a INC y los items sometidos a IVA?
- El consumo del producto dentro de la sala de cine puede entenderse comprendido en la expresión legal "para consumo en el lugar", aun cuando el punto de expendio no coincida físicamente con la butaca o sala donde finalmente el cliente consume el producto?
La venta de estos productos cambia de tratmaiento cuando el expendio se realiza bajo un esquema de franquicia, conseción o marca licenciada, particularmente frente al parágrafo del artículo 426 del Estatuto Tributario?
Publicado: 16 de julio de 2026

