DECRETO 0701 DEL 07 DE JULIO 2026 MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
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El Gobierno Nacional acaba de modificar los marcos técnicos de información financiera del DUR 2420 DE 2015, incorporando las enmiendas del IASB (2022 - 2023), recomendadas por el CTCP.
Cambios para el Grupo 1 (NIIF PLENAS)
NIIF 16: En una venta con arrendamiento posterior (Leaseback), el vendedor - arrenadatario no reconoce ganancia por el derecho de uso retenido.
NIC 1: Nuevas reglas para clasificar pasivos con covenants como corrientes o no corriente, con revelaciones adicionales en notas.
NIC 7 Y NIIF 7: Revelaciones obligatorias sobre acuerdos de financiación a proveedores (confirming / factoraje inverso)
NIC 12: Excepción al Impuesto Diferido por el impuesto mínimo global (segundo pilar de la OCDE)
NIC 21: Cómo estimar la tasa de cambio cuando una moneda no es convertible (clave para operaciones con economías con restricciones cambiarias)
GRUPO II NIIF PARA PYMES
Se modifica la sección 29 con la excepción del segundo pilar y sus revelaciones
No reconocimiento de impuestos diferidos derivados del pilar dos
Revelación separada del gasto (ingreso) corriente relacionado
la sección 35 permite aplicar la excepción retroactivamente en la transición
SIN PERÍODO DE GRACIA
Las enmiendas rigen desde el día siguiente a la publicación en el diario oficial
Ejercicio en Curso
Aplican a los estados financieros del período que está corriendo: Los cierres del año 2026
Publicado: 15 de julio de 2026
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