CIRCULAR 40017 DEL 30 ABRIL 2026 MINISTERIO DE TRABAJO Y MINISTERIO DE ENERGIA CONTRATISTAS INFRAESTRUCTURA ELECTRICA

El Ministerio de Minas y Energía y el MInisterio de Trabajo expidieron en conjunto la Circular 40017 de Abril 2026, instrumento son importantes implicaciones jurídicas para el sector energético y laboral colombiano.
Aplicación
Operadores de red, empresas contratistas, y demás actores que implementen infraestructura eléctrica en el marco de los programas Colombia Solar (Decreto 972 de 2025) y Comunidades Energéticas (Ley 2294 de 2023), deben vincular técnicos electricistas certificados, con matrícula y/o tarjeta profesional vigente.
Perspectiva jurídica:
Obligación de Formalización Laboral: El personal técnico debe estar afiliado al sistema de seguridad social integral y vinculado en condiciones de trabajo digno y decente.
Prohibición de Tercerización Abusiva: la circular advierte expresamente contra prácticas de intermediación o tercerización que vulneren derechos laborales o desnaturalicen la relación de trabajo.
Libertad Sindical: Es exige el respeto activo del derecho de asociación y la prevención de conductas de acoso y discriminación laboral.
Enfoque Territorial: Se insta a contratar mano de obra local en los territorios donde se ejecuten los proyectos, con participación activa de las comunidades.
INspección, Vigilancia y Control: El Ministerio de Trabajo podrá verificar el cumplimiento de estas condiciones bojo un enfoque diferencial y de genero.

Publicado: 27 de mayo de 2026


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