RESOLUCIÓN 7038 15 MAYO 2026 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL
.jpg)
La Superintendencia de Transporte modificó el Capítulo 10 del Título V de sus circular Única, ajustando varios puntos sensibles del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) que había introducido la Resolución 14673 de 2025.
Cambios
Nuevo Plazo de Implementación: Los sujetos obligados con habilitación o registro vigente tienen ahora hasta el 18 de agosto de 2026 para implementar su PTEE. Una prórroga necesaria para hacer una evaluación rigurosa de los riesgos de corrupción y soborno transnacional (CO/ST).
Figura del Responsable de Cumplimiento del PTEE: Las empresas con ingresos totales inferiores a 142.206,50 UVB podrán designar un responsable de cumplimiento en lugar de un Oficial de Cumplimiento. Una medida razonable y proporcional para microempresas, sin diluir la exigencia técnica.
Nuevas Definiciones:
Ingresos Totales, Responsable de Cumplimiento y Unidad de Valor Básico (UVB) entran formalmente al lenguaje regulatorio del sector transporte.
Reportes de actos de corrupción o soborno transnacional: Ahora también deben dirigirse a la Superintendencia de Sociedades, sumándose a los reportes ante la Secretaria de Transparencia del Departamento Adminsitrativo de la Presidencia de la República DAPRE y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
Transparencia en la Gestión Empresarial: Se eliminan literales del Art. 5.10.23 que podían entrar en tensión con información reservada.
Alineación con el Oficial de Cumplimiento SARLAFT: Se confirma que puede ejercer también como oficial PTEE, RESPETANDO EL LÍMITE DE 10 EMPRESAS.
Publicado: 20 de mayo de 2026

