CONCEPTO CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA OJ 144 18 SEPTIEMBRE 2020 SOBRETASA BOMBERIL - CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS
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Respuesta de la Contraloria CGR OJ 144 2020
Problema Jurídico: Los bomberos voluntarios que celebran convenios con municipios y reciben dineros públicos son fiscalizables por las contralorías?
Redonde la Contraloría
Aunque sean asociaciones privadas sin ánimo de lucro, al manejar fondos públicos, como la sobretasa bomberil se convierten en particulares que administran recursos del Estado. Por tanto, deben rendir cuentas ante la contraloría territorial respectiva (o ante la CGR si los recursos provienen del Fondo Nacional de Bomberos). La fiscalización se limita al recurso público, no a toda su actividad.
Normatividad: Ley 1575 de 2012, Artículo 267 CP (MODIFICADO por AL 04 de 2019) y Decreto Ley 403 de 2020
Análisis:
Los alcaldes y consejos deben garantizar que en los contratos o convenios se incluyan cláusulas de control fiscal y rendición de cuentas.
Los cuerpos de bomberos voluntarios deben llevar contabilidad separada de los dineros públicos y someterse a auditorías.
Publicado: 17 de mayo de 2026

