Resolución 0358 Min Ambiente 16 abril 2026 siembra de árboles y áreas de vida

“Por medio de la cual se modifica el parágrafo 1 del artículo 6 de la Resolución 1491 del 17 de octubre de 2025 y se dictan otras disposiciones”.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, lo consagrado en el artículo 2 numerales 1 y 2 del Decreto-Ley 3570 de 2011, la Ley 2173 de 2021, y
La Resolución 1491 de 2025, notifica el deber de sembrar árboles, también va asociada a la cantidad de trabajadores que tenga la empresa.
Se deben formular programas de siembra y plantación y presentarlo ante la autoridad ambiental
Esa siembra debe hacerse únicamente en las Áreas de vida definidas por los municipios.
La Resolución 1491 de 2025, daba a los municipios 6 meses desde su expedición para que delimitara esas áreas de vida, sin embargo la resolución 0358 de abril 16 de 2026 modifica ese plazo hasta los 18 meses para delimitar esas áreas de vida.
Lo anterior indica que, existe un plazo mayor para que las empresas empiecen a ejecutar el Programa de siembra de árboles y se depende de los Municipios de establecer esas áreas de vida; es recomendable que radiquen sus programas y los tengan organizados hasta el presente.

Publicado: 12 de mayo de 2026


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