CONCEPTO DIAN 007021 INT 534 16 ABRIL 2026 IMPESTO SOBRE LA RENTA DEDUCCIÓN PROVISÍON CARTERA
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La DIAN aclara que las provisiones individuales y generales de cartera NO pueden deducirse simultáneamente sobre el mismo universo de cartera o período gravable
El concepto indica que el artpiculo 145 del Estatuto Tributario reconoce ambos mecanismos de provisión para entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.
Pero, la normativa reglamentaria establece que estos mecanismos son alternativos y excluyentes, por lo que el contribuyente debe optar por uno de ellos.
- Provisión Individual
- Provisión General
NO procede tomar doble beneficio tributario sobre un mismo hecho económico, en línea con el principio contenido en la Ley 383 de 1997 y la Ley 2277 de 2022
La DIAN reitera que:
Si existe deducibilidad para ambos sistemas
No existe posibilidad de aplicación concurrente
El contribuyente puede cambiar de método al finalizar el período gravable, realizando los ajustes correspondientes.
El concepto 015966 de 2025 se mantiene vigente y acorde al marco normativo actual.
Publicado: 07 de mayo de 2026

