CONCEPTO 21976 MINISTERIO DE TRABAJO EMBARGO APOYO SOSTENIMIENTO APRENDIZ

El Ministerio de Trabajo indica que el apoyo de sostenimiento es una figura jurídica especial que no siempre tiene naturaleza salarial, y esa distinción es necesaria para determinar si puede ser objeto de embargo o descuento por libranza.
Según el Ministerio, durante la fase lectiva, el apoyo de sostenimiento no tiene carácter de salario, razón por la que no se deben aplicar las reglas de embargo ni los descuentos de libranza. En cambio, durante la fase práctica o formación dual, sí adquiere naturaleza salarial, quedando sujeto a las reglas del Código Sustantivo de Trabajo, es decir que puede embargarse dentro de los límites legales y descontarse por libranza, siempre que el aprendiz lo autorice expresamente.
Cualquier descuento o embargo debe respetar los límites legales vigentes y garantizar el mínimo vital del aprendiz.

Publicado: 05 de mayo de 2026


Archivos adjuntos: