CIRCULAR 0040 MINISTERIO DE TRABAJO 16 ABRIL 2026 JORNADA LABORAL SECTOR VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

El Ministerio de Trabajo emite lineamientos para el sector de vigilancia y seuridad privada
Se anexan cuatro puntos cruciales de la circular
1. Jornada de 12 horas: Se mantiene la posibilidad de pactar jornadas de hasta 12 horas diarias (Ley 1920 de 2018), el tope semanal no puede exceder las 60 horas incluyendo horas extras
2. Reducción Progresiva: El sector no es ajeno a la Ley 2101 de 2021. Para el 15 de julio de 2026, la jornada máxima debera ser de 42 horas semanales sin afectar el salario
3. Se despide la autorización previa de horas extras: Según la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), ya no se requiere permiso del ministerio para laborar tiempo suplementari. Sin embargo, eso traslada la responsabilidad total al empleador de llevar un registro detallado y actualizado
4. Control posterior y Sanciones: El Ministerio ahora ejercerá vigilancia posterior. No tener el registro de horas o no pagar los recargos desde la hora 8 puede acarrear la suspensión de la facultad de laborar tiempo suplementario por 6 meses.
Conclusion
Es muy importante que se actualicese el reglamento interno de trabajo y los profesiogramas.
la gestión del descanso del empleado no es sólo un derecho, es un blindaje de seguridad para prevenir incidentes operativos.

Publicado: 24 de abril de 2026


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