CONCEPTO 17449 MINISTERIO DE TRABAJO 11 ABRIL 2025 RESTRICCIÓN USO DE BAÑO EN LA EMPRESA
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El Ministerio de Trabajo respondió a una consulta relacionada con la legalidad de restringir el uso de los baños de una empresa que dicidió colocar candados en los sanitarios por el presunto mal uso de algunos trabajdores.
La entidad recuerda que toda medida que limite el acceso a estos espacios debe estar expresamente prevista en el reglamento interno de trabajo y ajustarse a la normativa laboral vigente.
Los empleadores no pueden adoptar acciones que vulneren los derechos laborales ni atenten contra la dignidad de los trabajadores, conforme a lo establecido en el artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo.
Indico, además, que el acceso a los servicios sanitarios constituye un derecho humano esencial, cuya restricción podría comprometer las garantías de bienestar exigidas por el Sistema General de Riesgos Laborales
Publicado: 22 de abril de 2026

