DECRETO 379 DEL 07 DE ABRIL DE 2026 Ministerio de Salud y Protección Social IBC INDEPENDIENTES

El Ministerio de Salud y Protección Social Establece mediante el Decreto 379, que los trabajadores independientes deberán determinar su ingreso base de cotización descontando costos reales o aplicando un esquema de presunción de costos que será definido directamente por la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP).
El Decreto modifica el artículo 3.2.7.5 del Decreto 780 de 2016, manteniendo el procedimiento general para la liquidación de aportes (ingreso bruto, costos y cálculo del aporte), pero introduce un cambio relevante en materia de presunción de costos. Con el nuevo decreto, dicho anexo se deroga y se dispone que los porcentajes serán definidos y actualizados periódicamente por la UGPP mediante resolución.
Se mantiene la facultad de la UGPP para exigir soportes de los costos declarados. En ausencia de estos, la entidad aplicará el coeficiente de costos que haya definido para la actividad económica correspondiente.
Publicado: 20 de abril de 2026

