decreto 1273 de 2018 minsalud Contratantes deben retener y girar aportes a seguridad social de contratistas

El gobierno nacional mediante decreto 1273 de 2018 ha reglamentado parcialmente los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes.

Además, este decreto no reglamenta en detalle la el ingreso base de liquidación y se limita a mencionar el 40% que ya señala la ley 1753  de 2015.

Este de decreto aclara que en los contratos donde hay una duración o una remuneración indeterminada, no se debe mensualizar el IBL sino que este será lo que en cada mes se cause efectivamente.

Este decreto reglamenta la retención de los aportes a seguridad social que se aplicará a partir del mes de junio de 2019.

El pago de seguridad social de los trabajadores independientes se hará por mes vencido, sistema que aplica a partir del primero de octubre de 2018.




Publicado: 25 de julio de 2018


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