decreto 1273 de 2018 minsalud Contratantes deben retener y girar aportes a seguridad social de contratistas

El gobierno nacional mediante decreto 1273 de 2018 ha reglamentado
parcialmente los aportes a seguridad social de los trabajadores
independientes.
Además, este decreto no reglamenta en detalle la el ingreso base de liquidación y se limita a mencionar el 40% que ya señala la ley 1753 de 2015.
Este de decreto aclara que en los contratos donde hay una duración o una remuneración indeterminada, no se debe mensualizar el IBL sino que este será lo que en cada mes se cause efectivamente.
Este decreto reglamenta la retención de los aportes a seguridad social que se aplicará a partir del mes de junio de 2019.
El pago de seguridad social de los trabajadores independientes se hará por mes vencido, sistema que aplica a partir del primero de octubre de 2018.
Publicado: 25 de julio de 2018

