CLASIFICACIÓN GRANDES CONTRIBUYENTES AÑO GRAVABLE 2022

Resolución 9061 del 10 de diciembre de 2020.
Por medio de la cual se califican algunos contribuyentes, responsables o agentes de retención como de grandes contribuyentes.
ARTÍCULO 1. CALIFICACIÓN DE LOS GRANDES CONTRIBUYENTES. Calificar, por los años fiscales 2021 y 2022, como Grandes Contribuyentes a los siguientes contribuyentes, responsables y agentes de retención.
Resolución 000105 del 23 de noviembre de 2020
Artículo 1°. Requisitos para ser calificado como Gran Contribuyente. Serán calificados como Grandes Contribuyentes, los contribuyentes, declarantes, responsables o agentes retenedores que cumplan por lo menos uno de siguientes criterios:
1°. Que se encuentre dentro del grupo de contribuyentes que aportaron el 60% del recaudo bruto total de la entidad, a precios corrientes por conceptos tributarios, aduaneros y cambiarios durante los cinco (5) últimos años anteriores al 30 de septiembre del año en que se efectúe la calificación.
Para la ponderación de este criterio se dará un peso porcentual igual al 50% al recaudo aportado durante los 3 primeros años objeto de estudio y el otro 50% a los siguientes 2 años objeto de estudio así:
Recaudo bruto a evaluar por cada contribuyente =
(total recaudo bruto a precios corrientes aportadodurante los 3 primeros años objeto de estudio* 50%) + (total recaudo bruto a precios corrientes aportadodurante los siguientes 2 años objeto de estudio * 50%)
2°. Personas jurídicas o asimiladas que, durante el año gravable anterior al de la calificación, hayan obtenido ingresos netos, diferentes a los obtenidos por ganancia ocasional, por un valor mayor o igual a 5.000.000 de Unidades de Valor Tributario – UVT.
3°. Personas naturales que durante el año gravable anterior al de la calificación hayan declarado un patrimonio bruto igual o superior a 3.000.000 Unidad de Valor Tributario-UVT.
Publicado: 05 de febrero de 2022

