RESPONSABILIDAD DE IVA 2022

CLASIFICACIÓN DEL IMPUESTO A LAS VENTAS IVA PARA LA VIGENCIA DEL AÑO 2022
Las Personas jurídicas por regla general son responsables del impuesto a las ventas si prestan servicios o enajenan bienes gravados.

Las personas naturales deben verificar los siguientes lineamientos para establecer si son o no responsables del impuesto.

El Art. 437 del Estatuto tributario Parágrafo 3.
Indica que para ser no responsable de IVA se deben cumplir de manera total los siguientes requisitos:
Que en el año gravable 2021 o durante el 2022 hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de las actividades gravadas inferiores a (3.500) UVT. (127.078.000 2021 y 133.014.000 2022)

Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.
Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

Que no sean usuarios aduaneros.

Que no hayan celebrado en el año gravable 2021 o durante el 2022 contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por valor individual y superior a 3.500 UVT. (127.078.000 2021 y 133.014.000 2022)
Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año gravable 2021 o durante el 2022 supere 3.500 UVT. (127.078.000 2021 y 133.014.000 2022.

Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados en el año gravable 2022 por cuantía individual y superior a 3.500, el no responsable deberá inscribirse previamente como responsable del impuesto a las ventas.

Publicado: 05 de febrero de 2022


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