OFICIO DIAN 100208221-1076 DEL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2020

DIAN, emite oficio sobre facturación electrónica de venta en lo concerniente al Documento Soporte en Adquisiciones con Sujetos NO obligados a expedir factura de venta, específicamente sobre la obligación de generar dicho documento en forma física por parte del adquiriente del bien y/o servicio.
Fuentes Formales:
Artículo 615, 616-1 y 771-2 del Estatuto Tributario
Decreto 358 del 05 de marzo de 2020
Resolución 042 del 05 de mayo de 2020
Al respecto, la Administración Tributaria indico que de conformidad con el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016 y el artículo 55 de la Resolución No. 42 de 2020, el mencionado documento soporte debe ser generado en forma física por parte del adquirente del bien y/o servicio, sin que ello se limite a un documento litográfico o autógrafo. En esa línea, concluyó la Autoridad de Impuestos que siempre que se cumplan todos los requisitos previstos en las disposiciones mencionadas, el documento soporte debe estar generado en forma física, bien sea impreso en papel o en un formato físico pre-impreso.
Publicado: 18 de noviembre de 2020

