OFICIO DIAN 1175 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2020 OBLIGACIÓN DE EXPEDIR FACTURA

DIAN, informa la obligación de expedir factura de venta se genera por toda venta o prestación de servicios
La Dirección Nacional de Impuestos, se pronunció sobre la obligación de facturar en el marco de la prestación de servicios en el sector salud, reiterando lo manifestado por la Administración tributaria en el oficio No. 401 de 2020, en el sentido en que la facturación en materia de servicios, se efectúa en las operaciones que se realicen con comerciantes, importadores o prestadores de servicios a consumidores finales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 616 del E.T. Deloitte
La DIAN precisó que la obligación de expedir factura de venta se genera por toda venta o prestación de servicios y deberá ser expedida por todas y cada una de las operaciones en el momento de efectuarse la venta del bien y/o prestación del servicio de acuerdo con el numeral 5 del artículo 1.6.1.4.1 del Decreto 1625 de 2016.
Publicado: 17 de noviembre de 2020

