Resolución DIAN 00094 DEL 30 de septiembre de 2020

Factores a tener en cuenta en facturación electrónica

La DIAN prorroga hasta el 1° de diciembre de 2020 la fecha máxima para que las Entidades del Estado del orden nacional y territorial inicien la obligación de facturar electrónicamente con validación previa. La fecha inicialmente prevista era el 1 de octubre de 2020. (Resolución DIAN No. 094 del 30 de septiembre de 2020 que modifica el grupo 2 del calendario 2 del Artículo 20 de la Resolución Dian No. 42 de 2020)

La DIAN, aclara que de acuerdo con el Artículo 615 del Estatuto Tributario las operaciones que deben facturar las Entidades del Estados son aquellas que correspondan a la venta de bienes o prestación de servicios, como por ejemplo: arrendamientos, venta de activos, fotocopias, ventas de planos, etc.

Los impuestos como prediales y vehículos no serán operaciones facturables.

Publicado: 08 de octubre de 2020


Archivos adjuntos: