Resolución DDI 0173 DEL 10 DE ENERO DE 2020 Secretaria de Hacienda de Bogotá

La secretaria de Hacienda con la resolución 0173 del 10 de enero de 2020, establece las personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y/o sociedades de hecho, así como el contenido de la información que deben suministrar a la Dirección Distrital de Impuesto de Bogotá.
La información exógena debe ser oportuna, integral y correcta, en concordancia con las características técnicas 
La información a suministrar tiene los siguientes detalles:

  • Personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales pertenecientes al régimen común o responsables del impuesto a las ventas que sean a la vez contribuyentes del impuesto de industria que durante el año gravable 2019 dé ingresos brutos iguales o superiores a 3500 UVT: actividades excluidas o no sujetas e información de otros ingresos no gravados.
  • Entidades públicas, personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales y sociedades de hecho que hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 3500 UVT: información de cada uno de los proveedores a los que les realizaron compras de bienes cuando el monto anual acumulado de los pagos a abonos en cuenta sea igual o superior a $5.000.000 cada año.
  • Las sociedades fiduciarias deberán remitir información de las personas naturales y jurídicas con quienes hayan realizado negocios fiduciarios de: 
  • Patrimonios Autónomos 
  • Encargos Fiduciarios

Publicado: 22 de enero de 2020


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