Decreto 2112 del 24 de Noviembre de 2019 Ministerio de hacienda y Crédito Público régimen especial para la Guajira Norte de Santander y Arauca

El Ministerio de Hacienda dejo en firme el Decreto 2112 de 2019, por el cual se reglamenta el Artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, y se adiciona la sección 2 al Capítulo 23 del Título 1 de la parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Se crea un régimen especial en materia tributaria para la La Guajira, Norte de Santander y Arauca con el propósito de atraer inversión nacional y extranjera.
Régimen que aplica a las sociedades comerciales constituidas como ZESE (ZONA ECONÓMICA Y SOCIAL ESPECIAL) bajo cualquiera de las modalidades definidas en la legislación vigente.
Los productos que provean podrán ser vendidos y despachados en la misma actividad económica o destinados a lugares del territorio nacional o internacional.
La tarifa de impuesto sobre la renta aplicable a sus beneficiarios será:
- 0% durante los primeros cinco (5) años, contados a partir de la constitución de la sociedad
- 50% de la tarifa general para los siguientes cinco (5) años.
Mediante certificación de Revisor Fiscal o Contador Público, las sociedades constituidas están en obligación de acreditar el incremento de 15% en el empleo directo generado.



Publicado: 03 de diciembre de 2019


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