CONCEPTO MINISTERIO DE TRABAJO 02EE2019410600000046019 11 OCTUBRE 2019 Posibilidad pago de salario en moneda extranjera
El Ministerio de Trabajo emite concepto sobre la posibilidad de pago salarial en moneda extranjera
De acuerdo al Artículo 135 del código sustantivo de trabajo: Estipulación en la Moneda Extranjera
Cuando el salario se estipula en moneda o divisas extranjeras, el trabajador puede exigir el pago en su equivalente en moneda nacional colombiana, al tipo de cambio oficial del día en que debe efectuarse el pago.
Luego entonces, la estipulación contractual de que el pago se hará en moneda extranjera convalida la voluntad de las partes, por cuanto estas, se permiten determinar no sólo el medio de pago de la prestación del servicio, sino, además, la denominación monetaria de la misma.
Publicado: 02 de diciembre de 2019