Oficio 220-073475 del 11 de Julio de 2019 Supersociedades. Reactivación de una Sociedad en Liquidación Voluntaria

La Superintendencia de Sociedades, se pronunció sobre la posibilidad de reactivar una sociedad de responsabilidad limitada en liquidación, sobre lo cual esta entidad ha indicado que esto será posible en cualquier tiempo, mediante decisión adoptada por la Junta de Socios, dando cumplimiento al régimen de mayorías establecido en los Estatutos de la sociedad, siempre que:
1. El pasivo externo no supere el 70% de los activos sociales y,
2. No se haya iniciado la distribución de los remanentes a los asociados
Indica además esta entidad que “la figura de la reactivación tiene la ventaja consistente en que la persona jurídica sigue siendo la misma, conserva su matrícula mercantil, su razón social, su trayectoria en el mercado, su categoría de contratación en el Registro de Proveedores y sus relaciones con proveedores, clientes y trabajadores.”
Superintendencia de Sociedades- Oficio 220-073475 del 11 de julio de 2019
Publicado: 30 de julio de 2019

