OFICIO 220-046377 SUPER SOCIEDADES DEL 15 DE MAYO DE 2019 FORMA, ÉPOCA, PLAZO O FECHA PARA EL PAGO DE LOS DIVIDENDOS DECRETADOS POR EL MÁXIMO ÓRGANO SOCIAL

“Es claro que cuando el órgano social competente de una sociedad decreta el pago de dividendos, debe indicar la fecha en que estos serán exigibles. Ahora bien, para fines académicos, quisiera saber la viabilidad de establecer una fecha cierta para el pago de los mismos siempre y cuando lo soliciten los accionista es decir que, a partir de la fecha preestablecida, el pago de dividendos será exigible por parte de los accionistas y en caso de no ser solicitados, la sociedad no estaría en Mora puesto que se requiere de dicha solicitud. 

Tomado SuperIntendencia de Sociedades


Publicado: 21 de mayo de 2019


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